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jueves, 20 de marzo de 2014

PLAN SUPERA DE LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA




Villalobos:  'Los cerca de 40 millones de superávit irán  íntegros a Ayuntamientos para la gestión directa de sus obras'
La Diputación dará a los Consistorios el 75 por ciento del dinero una vez aprobado el proyecto, cuyas obras deben estar adjudicadas a 1 de octubre
El presidente de la Diputación de Sevilla, Fernando Rodríguez Villalobos, ha avanzado esta mañana el contenido de las bases que regulará la aplicación del superávit de 2012, donde se recogen los plazos máximos que habrán de cumplir los Ayuntamientos para la aprobación de proyectos -30 de mayo-, adjudicación de los mismos -1 de octubre- y certificación de las obras –hasta principios de 2015-.
Para el mandatario provincial, “…estamos ante un triunfo del municipalismo sevillano, porque hemos defendido que este superávit debía invertirse en los pueblos y no dedicarlo al pago anticipado de deuda bancaria; salvadas todas las trabas, los cerca de 40 millones irán íntegros a los Ayuntamientos para la gestión directa de sus obras…”.

La Diputación Provincial de Sevilla ha preparado un Plan de Reactivación Local con el superávit de
39,2 millones de euros de 2012
Guadalcanal podrá disponer de casi 300.000 euros.
¿Qué actuaciones se podrán realizar?
 Según el Real Decreto-ley 2/2014 por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados en los dos primeros meses de 2014 por las tormentas de viento y mar en la fachada atlántica y la costa cantábrica.
Inversión financieramente sostenible
Grupos de programas recogidos en el la Orden EHA/3565/2008 por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de la Entidades Locales:
(La Diputación dará prioridad a los proyectos señalados en rojo, por ser los que más mano de obra necesitarán)
161. Saneamiento, abastecimiento y distribución de aguas.
162. Recogida, eliminación y tratamiento de residuos.
165. Alumbrado público.
172. Protección y mejora del medio ambiente.
412. Mejora de las estructuras agropecuarias y de los sistemas productivos.
422. Industria.
425. Energía.
431. Comercio.
432. Ordenación y promoción turística.
441. Promoción, mantenimiento y desarrollo del transporte.
442. Infraestructuras del transporte.
452. Recursos hidráulicos.
463. Investigación científica, técnica y aplicada.
491. Sociedad de la información.
492. Gestión del conocimiento.
133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.
155. Vías públicas.
171. Parques y jardines.
336. Protección del Patrimonio Histórico-Artístico.
453. Carreteras.
454. Caminos vecinales.
933. Gestión del patrimonio: aplicadas a la rehabilitación y reparación de infraestructuras e inmuebles propiedad de la entidad local afectos al servicio público.
Quedan excluidas tanto las inversiones que tengan una vida útil inferior a cinco años como las que se refieran a la adquisición de mobiliario, enseres y vehículos, salvo que se destinen a la prestación del servicio público de transporte.
La Diputación, con carácter general, gestionará este plan desde el Capítulo 7 ® Transferencia a Ayuntamientos

PLAZOS 2014
27 de marzo ®Aprobación en Pleno de las bases de la convocatoria
28 marzo ® Publicación de las bases en la web de Diputación
29-30 marzo ® Publicación en el BOP de las bases
15 de abril ® Fecha límite de recepción de solicitudes con la documentación requerida
30 de mayo ® Fecha límite de recepción de proyectos básicos y de ejecución.

Conforme las entidades locales presenten sus solicitudes (junto con documentación requerida incluyendo los proyectos) ® Por Resolución de Presidencia, para cada Ayuntamiento, se aprobará aportación económica y proyectos a realizar
1 de octubre ® Fecha máxima de adjudicación y obligación de la adjudicación íntegra de los proyectos
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DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Las Entidades Locales deberán presentar:

Por personal técnico del Ayuntamiento:

·       Memoria
·       Proyecto básico y de ejecución
·       Orden de prioridad.

Por funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional:

·       acuerdo de inversión adoptado y competencia del órgano
·       sistema de ejecución previsto y fundamento legal del mismo
·       competencia local para la inversión
·       cumplimiento de normativa general / sectorial
·       concurrencia de habilitación / autorizaciones administrativas
·       programa presupuestario al que se acoge la (s) inversión (es)
·       afectación, en su caso, por eventual Plan Económico-financiero aprobado      
·       acreditación de estar al corriente con obligaciones tributarias y con Seguridad Social

Además, deberá extenderse la certificación, a la existencia de informes favorables:

·       vida útil de la inversión superior a 5 años
·       proyección favorable respecto a la incidencia de la inversión durante su vida útil, en los objetivos de estabilidad y deuda pública de la corporación solicitante 5

 FÓRMULA DE PAGO
Primer pago: 75%
A la aprobación de proyectos
Segundo pago: 25%
A la certificación final
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JUSTIFICACIÓN

Certificado de la Intervención acreditativo del gasto y pagos realizados de la totalidad de la inversión
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DISTRIBUCIÓN POR MUNICIPIOS

La distribución municipalizada de los fondos resultantes del Superávit 2012 se realizará siguiendo el modelo de los Planes Provinciales.



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