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miércoles, 21 de septiembre de 2011

ESTIMADO EL RECURSO CONTRA EL SOBRESEIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO CONTRA JESÚS M. MARTÍNEZ


El Juzgado de Cazalla ha estimado el recurso que se había presentando sobre el archivo de las Diligencias Previas 1179/09, contra Jesús Manuel Martínez, alcalde de Guadalcanal.
Con fecha 9 de agosto el citado juzgado ha solicitado nueva documentación al Ayuntamiento de Guadalcanal, como pueden leer en la copia del auto que figura a continuación.


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE CAZALLA DE LA SIERRA. SEVILLA.

Diligencias Previas 1179/09

AUTO

En Cazalla de la Sierra, a 27 de abril de 2011

HECHOS

ÚNICO.- Por la parte denunciante se interpone recurso de reforma contra el auto de sobreseimiento provisional de fecha 25 de junio de 2010 por los hechos que estimó oportunos y que aquí se dan por reproducidos, adhiriéndose al mismo el Ministerio Público.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
ÚNICO.- Las diligencias practicadas no son suficientes para delimitar el hecho punible, identificar a su autor y formular acusación, y defensa.
Dado que la prueba interesada pudiera ayudar al esclarecimiento de aquellos extremos, ha de estimarse el recurso.
Vistos tales preceptos legales y demás de general y pertinente aplicación.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo ESTIMAR el recurso de reforma interpuesto, debiéndose reponer las actuaciones al estado que presentaban con fecha anterior al auto recurrido, debiéndose acordar las pruebas interesadas en el escrito del recurso.

Notifíquese a las partes y al Ministerio Fiscal.

A los efectos de tramitar la subsidiaria apelación, dése traslado al recurrente por cinco días para efectuar alegaciones y presentar documentos justificativos de sus peticiones y, a continuación, a las demás partes personadas y al Ministerio Fiscal por igual plazo a los mismos fines.

Así por este mi auto, lo pronuncio, mando y firmo, D. Antonio Bernardo Guisado Zúñiga, Juez del juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° Uno de Cazalla de la Sierra y su partido.

DILIGENCIA.- Seguidamente, se cumple lo acordado. Doy fe.


JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN ÚNICO DE CAZALLA DE LA SIERRA
Plaza Mayor s/n
Teléfono: PENAL: 955889629 Y 955889630. Faz: 955889637 / SECRETARÍA 955889626                                                                                             Procedimiento: DIL.PREVIAS 1179/2009. Negociado: .AR
N.I.G.: 4103241P20091001605.
De: MARÍA DOLORES GORDILLO FERNANDEZ, CARMELO MONTERO CABEZAS, MANUELA CORTÉS CORDO y MANUEL CASAUS BLANCO
Procurador/a: MARIA DEL MONTE GARRIDO OVELAR.
Letrado/a:
Contra: JESUS MANUEL MARTINEZ NOGALES
Procurador/a: MIGUEL .ANGEL GONZÁLEZ PÉREZ
Letrado/a:

PROVIDENCIA DEL JUEZ D. ENRIQUE EMILIO MARTÍNEZ FERNÁNDEZ.

En Cazalla de la Sierra, a nueve de agosto de dos mil once.
Visto el Auto de 27 de abril de 2011 por el que se estima el recurso de reforma, se acuerda la práctica de las pruebas interesadas en el escrito del recurso, consistentes en las siguientes:

SE REQUIERE a la Secretaria-Interventora del Ayto. de Guadalcanal PARA QUE APORTE AL JUZGADO:
- CERTIFICACIÓN relativa en cuanto a si las diez facturas que constan con reparos, en sus expedientes no han seguido el procedimiento legal establecido por la Ley de Contratación de las Administraciones Públicas;
- CERTIFICACIÓN de la forma seguida para su contratación, así como el nombre de las entidades y personas físicas adjudicatarias y la cuantía total de la contratación.
- CERTIFICACIÓN Y TESTIMONIO de los expedientes completos, con la relación de Ejecuciones de Obras. Gestión de Servicios Públicos y relación de suministros, que por ley de Contratación de las Administraciones Públicas, han tenido que pasar por los trámites legales para su adjudicación y que no se han realizado, correspondiente a los años 2008, 2009 y 2010.

Lo manda y firma S.Sª., doy fe.

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