Como es por todos conocido, Jesús Manuel
Martínez Nogales, actual alcalde de Guadalcanal, comenzó la legislatura actual gobernando en minoría, ya que el PP consiguió cinco concejales, igual número
que el PSOE, y el PA uno. Al haber conseguido más votos el PP, fue proclamado
alcalde con la abstención de Eduardo Cordobés Chaves, concejal del Partido
Andalucista. Poco después, tras una nueva abstención del concejal del Partido
Andalucista, permitiría asignarse un sueldo al alcalde Jesús Manuel Martínez y
posteriormente, tras la confirmación oficial de un pacto, al del Alcalde, se
sumarían los sueldos del concejal del PA Eduardo Cordobés Chaves y el de la concejala
del grupo popular, Clotilde Sánchez Uceda.
En el Ayuntamiento de Guadalcanal, sólo un
concejal ha estado cobrando como dedicación exclusiva durante los gobiernos del
PSOE, sencillamente porque el presupuesto de nuestro Ayuntamiento no se lo
puede permitir.
Desde que el concejal
Eduardo Cordobés comenzó a disfrutar de su sueldo, realiza un apoyo
incondicional a todas las propuestas que presenta el alcalde Jesús Manuel
Martínez, y el alcalde igualmente, apoya todas las propuestas del concejal del
PA y como resultado, la oposición ha sido acallada. No recibe información
ninguna de todo lo que solicita: pagos realizados pendientes de aplicación
(pensamos que supone una cantidad superior a los diversos préstamos que este Ayuntamiento
tiene concedidos y gastados); Reparos desde el inicio de la legislatura; dietas
Alcalde y concejales (creemos que alrededor de 1.000 euros netos mensuales del
Alcalde e importes parecidos de varios concejales, aún estando liberados y con
un sueldo mensual); presentamos mociones para los plenos ordinarios y no son
atendidas, e incluso en los pocos plenos que se han celebrado (actualmente
llevamos más de cinco meses sin pleno ordinario) no hay forma de que el Alcalde
conteste a ninguna pregunta.
Las pocas comisiones que se han podido realizar, por ejemplo, una
Comisión Especial para estudiar la adjudicación de la Residencia Hermana
Josefa María, propiedad del Ayuntamiento, tras varias reuniones, no se ha
concluido dicha comisión después de dieciocho meses.
A mediados de julio, el concejal del Partido Popular, José Pedro Rivero
Yanes, -según la noticia que publicó el Diario de Sevilla-, presentó en el
Registro del Ayuntamiento, una solicitud para dejar el grupo Popular y seguir
como concejal no adscrito. Posteriormente, en declaraciones al mismo periódico explica
que “no va a practicar una oposición por
sistema….” pero “…exigirá más información…”
Las declaraciones de José Pedro Rivero, vienen a confirmar lo que estamos
diciendo de la falta de información de este Alcalde, que no sólo no informa a
la oposición, sino que lo mismo hace con los miembros de su propio Grupo, según
se desprende de lo que sigue diciendo José Pedro Rivero, al periodista de
Diario de Sevilla: “…Es,
precisamente, este último aspecto -la falta de información en la junta de gobierno sobre muchas
decisiones que se han tomado, de las que se terminaban enterando en la calle,
dice- lo que ha motivado su decisión de
abandonar el grupo popular…”. Y más adelante sigue diciendo: “…Sobre la falta de información, afirma:
“…que ha llegado a producirse con delegaciones que él llevaba…”.
No es el primer concejal del Partido Popular que abandona el grupo, ya
que la concejal Mª Jesús Jaramillo, también lo hizo, precisamente coincidiendo
con la incorporación de Eduardo Cordobés al gobierno municipal, en junio de
2012, pasando a ocupar su lugar, la séptima concejala en la lista, tras la
renuncia del sexto concejal al que le correspondía ocupar dicho puesto,
cuestión que también nos llama la atención.
A la vista de las declaraciones del nuevo concejal adscrito, José Pedro
Rivero, donde decía que no haría una oposición por sistema, pero exigirá más
información, pensamos que contaríamos con su apoyo en la solicitud que íbamos a
presentar de celebración de un Pleno Extraordinario.
A tal fin, el Grupo Socialista, con la firma también de Manuela Roque
Gato, actualmente como concejal no adscrita,
presentamos en el registro el pasado día 23 de julio, solicitud de Pleno
Extraordinario con una serie de puntos, que si se aprobaran, nos permitiría
obtener información de la que ahora carecemos, y por otra parte, fiscalizar los
gastos de este Ayuntamiento, del que no sabemos nada, ya que a la fecha que
estamos, no existe más presupuesto para el presente ejercicio, que el
prorrogado del año 2012, por un Decreto del Alcalde, por lo que en estos
momentos deben existir pagos pendientes de aplicación, por un importe que no
nos atrevemos a calcular, pero que sólo de las VI Jornadas Patrimoniales,
sobrepasarán los 100.000 euros.
Con la esperanza de que en este caso el alcalde cumpliera con las leyes
establecidas, esperamos los primeros 15 días que está obligado por ley, para que convocara el Pleno Extraordinario.
Cual es nuestra sorpresa, que el último día que cumplía el plazo establecido
por ley (9 de agosto), recibimos escrito del Secretario del Ayuntamiento donde
solicita la subsanación de defectos contenidos en la solicitud de Pleno
Extraordinario, basándose en la “…
necesaria motivación y exposición de motivos cada uno de los asuntos incluidos
en la citada convocatoria…”
Aunque tal como exponemos en nuestro escrito del 16 de agosto
consideramos que en la Parte Expositiva
de la solicitud de Pleno Extraordinario, se argumenta sobradamente el objeto
del mismo, no obstante, procedimos a la ampliación punto por punto de la
motivación del orden del día. (Ver al final)
A la vista de este escrito, entendíamos que el Secretario, como máximo
responsable llegado a este punto (el alcalde no ha cumplido en convocarlo en los quince días), procedería a realizar la convocatoria en
el plazo de diez días, a lo que está obligado por ley, pero cual ha sido nuestra sorpresa de que
han transcurrido éstos, y ni ha sido convocado el Pleno, ni hemos recibido
ningún otro escrito.
Con fecha dos de septiembre, cumplido ampliamente el plazo establecido,
hemos procedido a presentar en el registro del Ayuntamiento otro escrito
recordándole tanto al Alcalde como al Secretario el deber que tienen de
convocar y notificar el Pleno Extraordinario presentado el día 23 de julio de
2013, tal como establece el art. 46.2
a ) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local y que en caso contrario una vez transcurrido, con creces, los plazos
previstos para ello, con la advertencia que, si no se procede por ambos a este
cumplimiento, tomaremos las acciones legales oportunas en defensa de nuestro
Derecho Fundamental reconocido en el art. 23 de la Constitución Española ,
valorando incluso la vía Penal, por entender que, de no convocarse el Pleno, a
sabiendas de lo marcado en la Ley , tanto por el Alcalde, como por el Secretario,
de la vulneración flagrante que se produciría de nuestro Derecho Fundamental
antes mencionado, en caso de no convocar el mismo, nos encontraríamos,
supuestamente, ante unos hechos presuntamente constitutivos de un Delito
regulado en el art. 404 del Código Penal.
Esta es la situación en que nos encontramos al día de hoy, a la falta de
transparencia e información, incumplimiento de los plazos de los plenos, (está
aprobado realizarlo cada tres meses y llevamos más de cinco sin celebrar
ninguno), ampliación día a día de la deuda de nuestro Ayuntamiento, al que ya tiene hipotecado por un mínimo de diez
años; todo esto se une a que en su día recibieron una subvención de 255.000
euros para hacer la guardería, y todos podemos ver como está la guardería,
aparte del costo que representa para el Ayuntamiento la devolución de esta
subvención, con los correspondientes intereses, por no haberla realizado.
Ignoramos como
hemos dicho antes, la situación real de nuestro Ayuntamiento, pero nos tememos,
por los hechos acaecidos, que la situación es mucho peor de lo que nos podemos
imaginar, no se entiende que se salten la ley de la forma que lo han hecho, si
no tuvieran algo que esconder.
Seguiremos
informando a todos los vecinos de Guadalcanal, del desarrollo de esta
situación, así como de cualquier hecho que ocurra, desde nuestro blog y otros
medios sociales por Internet.
A continuación
le facilitamos la solicitud del Pleno Extraordinario, tal como se completó con
nuestro escrito del 16 de agosto:
PUNTOS DEL PLENO EXTRAORDINARIO SOLICITADO
1º.- Reasumir el Pleno Municipal
las funciones que delegó, dejando sin efecto la Junta de Gobierno de este
Ayuntamiento.
En primer lugar, la parte
solicitante, tiene conocimiento de que en transcurso del año 2013, sólo se han
celebrado tres sesiones de Junta de Gobierno y una vez confirmada esta circunstancia por el Sr. Secretario de
esta Corporación, se incumpliría lo estipulado en el Art. 112 del ROF, “En defecto de
previsión expresa en el Reglamento orgánico de la entidad, la Junta de Gobierno celebrará
sesión ordinaria cada quince días como mínimo”.
Es por
ello, que en cualquier caso, proponemos a debate la supresión de la existencia
de la misma, en una población con menos de 5.000 habitantes, lo que
consideramos ya demostrado a la vista de las escasas convocatorias realizadas.
2º.- Modificar la
celebración de los Plenos Municipales Ordinarios de este Ayuntamiento, pasando
a celebrar un Pleno mensual, a realizar el segundo lunes de cada mes por la
tarde, o en caso de festivo, el siguiente lunes hábil.
Si bien el Art. 46 de la LBRL establece el régimen de
reuniones del Pleno en sesiones ordinarias con la periodicidad mínima en Municipios de hasta 5.000 habitantes, cada
tres meses, el Ayuntamiento, como Administración Pública y en el uso y ejercicio
de sus potestades reglamentarias y de auto-organización, tiene la facultad
mediante acuerdo Plenario, para aprobar un Reglamento Orgánico que articule de
una manera más singular y específica estas materias.
Aunque existe un acuerdo
plenario ya alcanzado en esta legislatura, por el que se establece una
periodicidad de sesiones cada tres meses como máximo, el mismo ha sido
vulnerado reiteradamente y es por ello, que para una mayor eficacia de nuestra
función, consideramos necesario la periodicidad propuesta a debate.
Proponemos el segundo lunes de cada mes, por
considerar que ya ha transcurrido el cúmulo de trabajo en esta Administración,
típica de finales y principio de mes, y por la tarde, en consideración a que
más del 70% de los concejales, desarrollan o pueden desarrollar su trabajo
habitual en horario de mañana, viéndose perjudicado el mismo para el caso de
celebraciones plenarias en horario matutino.
Y por último, se propone el
siguiente lunes hábil, para el caso de que el día propuesto fuese festivo y con
el objeto de mantener la periodicidad mensual propuesta.
3º.- Aprobar la constitución de
las siguientes Comisiones:
- Comisión Especial de
Cuentas.
- Comisión de Hacienda,
Personal y Relaciones Institucionales.
- Comisión de Urbanismo,
Patrimonio, Infraestructuras, Agricultura y Desarrollo Económico.
- Comisión de Asuntos
Sociales, Mujer y Sanidad.
- Comisión de Cultura,
Juventud, Educación y Formación y Parques y Jardines.
- Comisión de Medio
Ambiente, Festejos, Turismo, Deporte y Seguridad Ciudadana.
Solicitado en el punto
primero, que el Pleno reasuma las funciones que delegó, dejando sin efecto la Junta de Gobierno de este
Ayuntamiento, se considera necesario la constitución de las mencionadas
Comisiones, definiendo las materias, periodicidad e integrantes, siguiendo los
criterios establecidos en el ROF en el art. 125 b. y con la función de
estudiar, informar o consultar los asuntos que vayan a ser sometidos al Pleno.
4.- Información mensual de las dietas pagadas por el
Ayuntamiento, desde el inicio de esta legislatura, y hasta la celebración de
este Pleno Extraordinario, así como las sucesivas que se pudieran producir,
especificando nombres, importes y motivo de las dietas.
5.- Información de los expedientes de reintegro
iniciados contra este Ayuntamiento por cualquier concepto
6.- Información mensual de todo tipo de reparos que se
han producido, desde el inicio de la legislatura, hasta la fecha de este pleno
extraordinario, indicando importe, proveedor y concepto, así como de los
sucesivos que se pudieran producir, especificando pagos realizados,
formalización de los contratos laborales o de cualquier otro tipo y solicitud
de subvenciones.
7.- Información mensual de la situación de pagos a
proveedores, cobros de impuestos, deudas de los arrendatarios de las casas e
instalaciones propiedad del Ayuntamiento, así como relación de las deudas
contraídas con el Ayuntamiento por todos los conceptos, incluyendo las
concesiones administrativas.
Por ser todos ellos gastos e
ingresos que afectan a esta Administración y de la que toda la Corporación es
responsable y con el objeto de conocer la repercusión en cada una de las áreas
y la situación actualizada, se propone a debate la emisión de estos informes
que abarquen el periodo de esta legislatura para su estudio, con el objeto de
conocer el detalle de los mismos, tanto de los realizados, como de los que se
pudieran producir y con desglose de nombres, importes y motivos, máxime cuando
a la fecha, se carece de presupuesto vigente que ampare los gastos realizados y
con el objeto de prevenir futuras reclamaciones y las medidas a tomar en su
caso.
8º.- Información por parte de los
Técnicos del Ayuntamiento, encargados de los cobros y pagos, de todos los
gastos producidos en la VI Jornadas
Patrimoniales, así como detalle de las subvenciones recibidas, incluyendo
peonadas, dietas y cualquier gasto ocasionado por este motivo.
Se solicita la aprobación de
comparecencia de los mencionados técnicos, para que informen al pleno de los
gastos e ingresos producidos en las mencionadas Jornadas y expongan el informe
pertinente por partidas separadas o en su defecto, la aprobación de la creación
de una Comisión Especial de Investigación sobre los gastos e ingresos
realizados en las mismas.
9º.- Información y acreditación de
la situación política o filiación política actual, del concejal Eduardo
Cordobés Chaves
Dicho punto, viene motivado
para su aprobación en Pleno de que se exija a dicho Concejal, su acreditación
como representante del Partido Andalucista, o en su defecto, la puesta en
conocimiento del Pleno de su condición de Concejal no adscrito, fecha, forma de
adquisición de dicha condición, y en caso de verificarse este punto, se propone
el inicio de las correspondientes acciones administrativas o legales que
pudieran corresponder por la posible comisión de un delito de Fraude de Ley o
de cualquier otro tipo.
Finalmente recordar el
deber de actuar con objetividad desde la Administración y de
sus funcionarios, evitando cualquier actuación arbitraria o extralimitación de
sus funciones, así como el cumplimiento de los plazos que indica la ley, para
la celebración de este Pleno Extraordinario, que en este caso, habiendo
transcurrido ya los 15 días hábiles en que tenía potestad el Alcalde para
realizar la convocatoria, corresponde al Secretario convocar el pleno en el
plazo máximo de diez días, a contar desde la fecha de entrega del presente
escrito.
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